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Sociedad y fundamentos del compliance: dimensiones instrumental y expresiva de la normativa

Sociedad y fundamentos del compliance: dimensiones instrumental y expresiva de la normativa


ISBN 978-607-8482-62-7

ISBN 978-607-8785-45-2

“Sociedades locales bajo Riesgos globales. Observaciones des de las Ciencias Sociales” (Ediciones Del Lirio, México, 2021).

Manuel Letzkus[1]

David Álvarez[2]

Resumen

En el contexto contemporáneo de relevancia global respecto a la categoría compliance, o cumplimiento normativo, en el campo de la gestión organizacional sustentada en estándares de calidad y responsabilidad social aplicables al ámbito público y privado, se abordó el problema de profundizar los fundamentos conceptuales que sustentan las prácticas en esta materia, con el objetivo de mejorar la efectividad de la norma social y promover el cumplimiento conforme a los reglamentos presentes en diferentes contextos y momentos. El resultado de esta reflexión teórica fue la comprensión de las dimensiones instrumental y expresiva de la norma, combinación en que se promueve la conformidad voluntaria a un reglamento mediante el control del comportamiento en función de principios, finalmente concluyendo en la naturaleza del incumplimiento normativo, debido a la dualidad que genera un orden social, afectando a las personas individualmente, a los grupos, a las organizaciones y a las sociedades en su conjunto.

Palabras clave: Compliance, sociedad, incumplimiento.

Introducción

En el campo organizacional, compuesto por empresas públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y organizaciones comunitarias, pequeños negocios y agrupaciones gremiales, entre otras instituciones de la sociedad, ha adquirido una presencia creciente el concepto compliance o cumplimiento normativo.

Esta relevancia se ha manifestado en diferentes culturas, concepto que está asociado a ocupaciones y preocupaciones de una multiplicidad de profesionales, con el propósito de cumplir con los estándares internacionales en materia de gestión y rendición de cuentas, afectando la legalidad y la legitimidad de las actividades productivas y sus vínculos con la sociedad.

Sin embargo, la llegada operativa y práctica de esta categoría del campo de la gestión organizacional requiere de un encuadre conceptual que permita, a quienes se enfrentan a este ámbito, comprenderlo de forma integral, y no reducir esta categoría exclusivamente en el ámbito de lo técnico.

Para cumplir con este propósito, se abordarán elementos teóricos que fundamentan el desarrollo conceptual y conductual de las prácticas asociadas al cumplimiento normativo, para concluir en una comprensión de la naturaleza del incumplimiento.

Justificación

En el campo del cumplimiento normativo, optar consciente o inconscientemente por reducir al ámbito operacional y técnico el cumplimiento normativo, generará una situación, la cual le hará perder efectividad en el logro de sus objetivos y promoción de un adecuado comportamiento, dado que ni la norma ni la sanción funcionan como eficiente motivador de la conducta adecuada a códigos y estándares, desarrollándose incumplimientos, faltas a la ética y delitos de forma extendida, o niveles de cumplimiento subóptimo en diversas situaciones y actividades.

Por ejemplo, en relación con el fraude ocupacional, es decir, la intención de utilizar el cargo y posición que se tiene en una organización para lograr un enriquecimiento personal, por medio del uso indebido de información o recursos pertenecientes a la entidad, el informe 2020 a las Naciones de la acfe (Asociación de Examinadores Certificados de Fraude) abarcó 2504 casos en 125 países, describiendo una pérdida de más de 3600 millones a las organizaciones.

En este marco, otro caso ejemplar para fortalecer la justificación y razón de una adecuada reflexión en esta materia es la corrupción en las exportaciones. En una evaluación independiente de la aplicación de la Convención antisoborno de la ocde (Convención de la ocde sobre Lucha contra el soborno de funcionarios públicos extranjeros en Transacciones comerciales internacionales), el Grupo de Trabajo sobre Soborno (oecd wgb) clasifica el desempeño de 47 países en cuatro categorías: Activo, Moderado, Limitado y Poco o nada, que puntúan según el número de investigaciones de soborno iniciadas, casos abiertos y casos concluidos con sanciones durante un periodo de cuatro años (periodo 2016-2019).

Se puede observar el desenvolvimiento de estas prácticas; si bien no constituyen muestras representativas ni permiten generalizar, sí evidencian la extensión de la problemática abordada desde el cumplimiento normativo y la naturaleza del incumplimiento.

En este marco, la falta de efectividad de los reglamentos y normativas podrá compensarse mediante el compromiso que pueden establecer individuos, grupos y organizaciones con los valores e ideales que originaron los cuerpos reglamentarios, pero para que esto pueda suceder y desarrollarse se deben comprender los fundamentos conceptuales de esta materia, propósito de esta reflexión.

Objetivo

El cumplimiento normativo puede ser limitado a su ámbito operativo y técnico, reduciendo su efectividad en el campo de los individuos, los grupos y las organizaciones, debido a la falta de comprensión de las diferentes dimensiones de los principios y reglamentos que orientan la conducta, perjudicando a la sociedad en su conjunto.

El objetivo de la reflexión conceptual en materia de cumplimiento normativo es compensar esta situación mediante la profundización de los fundamentos teóricos de la categoría compliance, o complimiento normativo, junto con abordar la naturaleza del incumplimiento mediante el análisis de casos ejemplares.

En un inicio, se realiza una descripción de la temática para identificar sus dimensiones relevantes, con el propósito de fortalecer la comprensión de la categoría y promover el comportamiento adecuado a principios y reglamentos, finalizando con una reflexión sobre la naturaleza del incumplimiento normativo.

Referente teórico

Compliance o cumplimiento normativo

El cumplimiento normativo consiste en comportamientos individuales, grupales y organizacionales, diferenciados y clasificados según principios que tienen por misión orientar la conducta y contribuir a limitar el incumplimiento (Martínez, 2019; Castaño y Romero, 2019; Briones et al., 2020), reglas las cuales son objetivas y tangibles al ser descritas en manuales, códigos legales y normas de calidad, entre otros soportes de información.

Los cambios contemporáneos de la informática y la telecomunicación han permitido la mayor difusión de las normativas y cuerpos de texto que componen los reglamentos que invitan al cumplimiento, y de esta forma se ha logrado un mayor conocimiento por parte de individuos, grupos y organizaciones.

En este sentido, y conforme a un código, la conducta es posible de ser categorizada en una polaridad de bien y mal o aceptable e inaceptable, conforme o no conforme al reglamento, entregando los elementos para el desarrollo de un juicio correlativo a recompensas y sanciones que incentivan o desincentivan el comportamiento. Como resultado de esta realidad, se establecen mecanismos de control y de juicio, a la vez que agentes operativos que le dan efectividad al reglamento, como vigilantes y jueces. Distintas instituciones y profesionales están destinados de forma parcial o exclusiva a la vigilancia, control y sanción del comportamiento individual, grupal y organizacional.

En este contexto se forman profesionales según principios, a la vez que se capacitan a otros profesionales para vigilar la real adecuación de estos principios al campo de la conducta práctica, sustentándose en códigos tangibles o manuales objetivos y operativos.

Sin embargo, la objetividad de la norma no excluye su relatividad, su parcialidad e incluso su insuficiencia, dado que no existe un cumplimiento absoluto en todo tiempo y espacio, ni normas universales o trascendentales aplicables a todo contexto, dependiendo de los agentes y su capacidad de observar y valorar estos principios, en un plano subjetivo e intangible. Si estos valores e ideales se desarrollan en un mundo intangible, subjetivo, mediado por la cultura, por otro lado, el comportamiento individual, grupal y organizacional se desarrolla en el mundo tangible, objetivo y presionado por múltiples fuerzas y cambios que afectan las posibilidades de cumplimiento normativo.

En este sentido, la existencia de numerosos ideales o valores en diferentes culturas, como lo es particularmente el concepto de responsabilidad (Fallada-García-Valle, 2020; Rosales-Cueva y Quintana-Torres, 2020), entre otras categorías e ideas, tienen relación con las múltiples configuraciones normativas que se diseñan e implementan en las sociedades, orientando este campo reglamentario, promoviendo el cumplimiento (Martínez, 2019; Castaño y Romero, 2019; Briones et al., 2020) y generando enfoques de análisis al incumplimiento normativo (Güemes y Simon, 2019; Castaño y Romero, 2019). De esta manera, es la misma cultura y sus elementos intangibles los que dan origen a los reglamentos, los cuales se objetivarán, para ser presentados públicamente y luego ser utilizados técnicamente como códigos de comportamiento y manuales de vigilancia.

En el caso del ámbito de la responsabilidad social y ambiental de las organizaciones, área que se enfrenta constantemente a conflictos que generan efectos en diferentes grupos e individuos (Fallada-García-Valle, 2020) y que está vigilada por organismos internacionales promotores de buenas prácticas, la pertinencia normativa se encuentra en estas relaciones y negociaciones con grupos de interés, situaciones las cuales pueden ser reguladas mediante códigos y principios (Ruiz-Lozano et al., 2019), dado que la mediación de las partes interesadas en un conflicto es fundamental en todo ámbito (Pardo & Rodríguez-Casals, 2019), permitiendo desarrollar un comportamiento ético a los diferentes grupos interesados y generándose estándares internacionales de rendición de cuentas en materia ambiental, aplicables al espacio local; reglas transnacionales que guían y evalúan el comportamiento de individuos, grupos y organizaciones, promoviendo una obediencia voluntaria a estas normativas (Castaño y Romero, 2019). En esta situación se genera una vinculación del espacio local con el desarrollo global de una cultura del cumplimiento, la calidad y la responsabilidad social, ajustado a rendiciones de cuentas y estándares éticos.

Otros ámbitos en los que es fácil comprender la problemática que representa el cumplimiento normativo adecuado a principios que buscan regular el comportamiento, es en temáticas sensibles como en materia de datos (Martínez, 2019; Roca, 2020), debido al derecho a la privacidad, junto con el amplio uso de la informática y la telecomunicación como forma de interacción social, recordando los diferentes escándalos internacionales a los que han sido sometidos plataformas de comunicación social como Facebook, al vender datos personales privados de sus usuarios y usuarias, perdiéndose confianza con estos sistemas de información fundamentales en la actualidad para múltiples actividades productivas, y también es posible observar la problemática del cumplimiento normativo en situaciones de corrupción (Von Bernath, 2020; Santana, 2020) en que personas de alto estatus social, con poder político o económico, cometen incumplimientos o faltas a la ética, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado, y de forma transversal en diferentes estamentos políticos. Innumerables casos de este tipo se han registrado a lo largo de la historiografía occidental y moderna, siendo una práctica difundida en diferentes países y culturas, independiente del desarrollo humano o económico.

El fenómeno del incumplimiento según pertinencia normativa, también se puede observar en áreas científicas y académicas mediante el fraude (Pardo & Rodríguez-Casals, 2019; Saccucci, 2020), conducta que se puede identificar en diferentes estamentos académicos, desde autoridades, incluyendo académicos con prestigio y estudiantes. También se puede observar el incumplimiento a causa de heterogéneas deshonestidades sociales (Güemes, & Simon, 2019), organizaciones paralelas, instituciones informales y múltiples delitos de variados niveles de gravedad.

Los efectos de la corrupción pueden ser numerosos; por ejemplo, en el caso de la salud pública afecta el uso de los recursos limitados (Sánchez-Duque, 2020), corrupción sanitaria presente en países desarrollados y en vías al desarrollo, observándose en sobreprecios, acuerdos comerciales ineficientes y ventajas administrativas que repercuten en un empeoramiento de la calidad del servicio; y en la empresa privada la corrupción afecta la credibilidad de los estados financieros (Schiappacasse, 2019), sometiendo a los inversionistas y gobiernos a la incertidumbre económica respecto a la real viabilidad de las organizaciones. En este sentido, múltiples y heterogéneas son las formas de incumplimiento, siendo los motivos de incumplir igualmente diversos; por ejemplo, tratos sociales desiguales podrían estar vinculados con incumplimiento de los individuos (Betancourth, 2020).

En este marco, es posible comprender que los comportamientos individuales, grupales y organizacionales son susceptibles de encuadre en códigos o reglamentos, los cuales se componen de normas inspiradas en principios o valores, siendo desarrollados y difundidos a nivel global, generando efectos en el ámbito local, en la medida en que operan los estándares regulando la conducta, en un modo formal o informal; por ejemplo, en la mediación de conflictos (Thomas, 2020). Sin embargo, esta comprensión del cumplimiento normativo requiere de profundizar en sus componentes.

La complejidad del comportamiento social, junto con las dificultades presentes en la elaboración, implementación y evaluación de normativas, requieren de cuerpos conceptuales que superen la sencilla polaridad de conforme a la norma o no conforme a la norma.

En los individuos, grupos y organizaciones se presenta un orden subjetivo de categorías que les permiten interactuar con el mundo, interpretarlo y orientar el comportamiento en la realidad. No existimos pasivamente, ni recibimos de forma unidireccional estímulos de la realidad, los cuales nos orientarían nuestra vida. Hay un elemento activo en el sistema cognitivo de los seres humanos, el cual explica la diversidad cultural a lo largo de la historia, a pesar de contextos similares.

Estas configuraciones simbólicas que fundamentan las identidades sociales y los valores culturales, sustentadas en principios y reglas, no cumplen la función exclusiva de ser un esfuerzo negativo por reprimir o regular conductas indeseables (Ruiz-Lozano et al., 2019), siendo la norma social insuficiente para explicar la intención del cumplimiento (Barberan et al., 2019), e incluso la aplicación de la norma en función de sanciones y recompensas se vuelve insuficiente para la real operatividad del reglamento, existiendo un cumplimiento subóptimo que transita en una dimensión diferente a la coerción o compensación.

Los valores y normativas también organizan el mundo de forma positiva, adecuándolo al cumplimiento de los valores comprometidos; por ejemplo, el desarrollo de una economía global con justicia social se ve impulsado por instrumentos de gestión como los códigos éticos al momento de interactuar con grupos de interés (Ruiz-Lozano, 2020), evitando y mediando conflictos. De esta forma, se establecen creativamente estándares de cómo debe ser la realidad y cómo se debe interactuar en ella según valores y principios.

Se construyen estándares internacionales para orientar diferentes comportamientos y formas de rendición de cuentas, elementos a los cuales, a nivel local, los individuos, grupos y organizaciones, pueden apegarse voluntariamente (Castaño y Romero, 2019), independientemente de sanciones o compensaciones, estando la intención de cumplimiento vinculado con el compromiso (Barberan et al., 2019; Barberan et al., 2020), situación que explica el cumplimiento subóptimo a pasar de sanciones a las conductas.

Por ejemplo, el cumplimiento de estándares éticos sobre incluir miembros del género femenino en directorios, apuntando a la paridad de género (Bastidas et al., 2020), muchas veces se ve respaldado por los beneficios que conlleva la paridad de género, describiendo estos réditos en materia de rentabilidad o responsabilidad social; sin embargo, la real implementación de estos principios y valores, convertidos en normativas y reglamentos sobre la paridad de género, depende también del compromiso y credibilidad de los valores, independientemente de las recompensas por ponerlos en práctica.

De esta forma, las leyes y reglamentos ocupan un rol productivo en la sociedad, generando efectos creativos y promoviendo la obtención de resultados, configurando culturas de comportamiento, promoviendo conductas deseables y transformando la realidad en un escenario conforme a principios que los grupos sociales y las personas deberían valorar y generar compromiso para el cumplimiento.

Dimensiones del compliance, o cumplimiento normativo

La creación de estos códigos y normativas genera procesos en que se diseñan y presentan de forma pública, por ejemplo, los cuerpos legales y reformas constitucionales, dado que están orientados a comunicar los valores que deben guiar el desarrollo de actividades (Ruiz-Lozano et al., 2019). Esta presencia pública de la normativa se presenta actuando en dos dimensiones: (a) instrumental, y (b) expresiva.

Ambas dimensiones, la instrumental y la expresiva, se han visto fortalecidas con el desarrollo de la informática y la telecomunicación, debido a que la elaboración, almacenamiento y circulación de información se ha facilitado, potenciando el propósito público de los reglamentos, conforme a principios y valores occidentales como son la transparencia, el acceso a la información y la reciprocidad entre usuarios-usuarias y organizaciones dispensadoras de información, siendo la comunicación con el público una variable fundamental en la elaboración de normas, códigos o reglas. Ejemplos de estos estándares son las constituciones políticas y las normativas de calidad que buscan certificar o acreditar comportamientos, productos o servicios.

Detallando este ámbito de la realidad, es posible comprender que la primera dimensión instrumental consiste en influir y orientar el comportamiento de los individuos de forma interesada, mediada por objetivos o propósitos predefinidos y descritos en reglamentos, siendo el orden valórico custodiado por riesgos que amenazan a sus incumplidores, quienes se ven fortalecidos mediante las sanciones al incumplimiento, amonestaciones y consecuencias penales.

De esta forma, el reglamento o normativa a nivel instrumental se desarrolla ejerciendo coerción mediante el miedo a incurrir en faltas y sufrir sus sanciones o efectos, obligándose mutuamente a un buen comportamiento cívico, y castigando a quienes desarrollan una mala conducta. En este contexto se genera una polaridad de bien y mal en la que transitan las posibles acciones, las cuales serán observadas, medidas y clasificadas para aplicar categorías funcionales a la preservación del orden instaurado, como son los conceptos de ciudadano y de delincuente.

En este campo, los valores y principios operan de la misma forma. Por ejemplo, la cultura moderna occidental desarrolló la idea de que las sanciones al incumplimiento deben ser moderadas y proporcionadas, rechazando las ideas de venganza o emociones de enojo que provengan de la autoridad o de la ciudadanía, aplicando una sanción o condena justa a cada comportamiento juzgado mediante evidencias.

En la época medieval, las sanciones y suplicios eran utilizados para mostrar públicamente las consecuencias de la desobediencia, promoviendo el cumplimiento mediante la tortura de elementos sociales seleccionados como casos ejemplares. Con el desarrollo de los valores humanistas, el sufrimiento fue cambiado por la reinserción social, y los valores de la racionalidad y la productividad ocuparon los antiguos ideales medievales. En este sentido, quien es castigado recibe una pena proporcional y racional, con el objeto de que sea productiva en el plano social y económico, generando educación de incumplidores y labores ocupacionales obligadas para acoplarse al orden social.

El fundamento de esta dimensión instrumental es la capacidad de observación plena del comportamiento, la vigilancia constante, de la que existen evidencias de que funciona para enfrentar el cumplimiento subóptimo de forma efectiva y eficiente, mediante vigilantes y encuestas de vigilancia en sectores (Peruga et al., 2020). Este fenómeno es posible de evidenciarse en espacios delimitados como establecimientos educativos, organizaciones empresariales, cárceles, hospitales, clubes deportivos, calles públicas y plazas, entre otros.

De la posibilidad de ser observados constantemente, vigilados mediante profesionales o mediante videos de cámaras y audios de micrófonos, nace una sujeción real de esta posibilidad, generando una obediencia voluntaria, siendo innecesario recurrir a medios de fuerza para obligar a los individuos a la buena conducta, sea la de condenado, la de trabajador o la de enfermo que debe obedecer prescripciones médicas.

En este sentido, la dimensión instrumental que obliga al buen comportamiento, en un campo de acción polar entre el bien y mal, no tiene como fundamento la coerción medieval de las cadenas y las rejas; si bien pueden presentarse, ocupan el rol de organizar y vigilar geométricamente la individualización de los espacios y conductas posibles en esos espacios, a la vez que el tránsito o circulación de las personas mediante puertas y caminos diseñados para ser cumplidos.

En este contexto, y gracias a tecnología de la observación facilitada por la informática y la telecomunicación, gana efectividad y eficiencia el reglamento, adquiriendo la capacidad de penetrar en el humano y definir su comportamiento posible acorde a una polaridad de aceptable e inaceptable, deseable e indeseable, bueno y malo, y de esta forma organizándolo conforme a valores culturales.

El bien y el mal se estructuran mediante el ejercicio de un poder que establece el reglamento y vigila su efectividad, comunicando públicamente las normativas, siendo su fundamental rol observar, vigilar y clasificar el comportamiento. La posibilidad de recompensar y sancionar a los individuos, grupos y organizaciones que desarrollan un comportamiento, se establece según la efectividad de la normativa en un nivel de poder hegemónico, por lo que, si no existe un ejercicio factible de poder y vigilancia, la normativa no sería viable.

Como resultado operativo de esta dimensión, las sanciones pueden ser penas aflictivas, multas, calificaciones negativas o amonestaciones; sin embargo, el miedo a la sanción no tiende a ser un motivador suficiente para el buen comportamiento, existiendo una intención de cumplimiento subóptima independientemente de los efectos de incumplimiento (Barberan et al., 2019; Barberan et al., 2020).

La segunda dimensión consiste en creencias e ideas sobre clases de comportamiento legítimos y conductas peligrosas que amenazan el orden valórico, las cuales se pueden comunicar y dialogar con la finalidad de promover el cumplimiento (Güemes y Simon, 2019; Peñalver y Urbieta, 2019; Ruiz-Lozano, 2020).

Esta dimensión se desarrolla en un plano expresivo, que se ve fortalecido por políticas de comunicación social, apoyadas por la informática y la telecomunicación. Las normativas, al estar inspiradas en valores y principios, también son el vehículo de comunicación de estos valores y principios, con los cuales podemos comprender los reglamentos y también justificarlos.

El desarrollo de organizaciones conforme a estándares de calidad ha impulsado la gestión responsable de los efectos de la actividad productiva. De esta forma, se establecen estándares de responsabilidad social que gestionan los vínculos con otros grupos e individuos (Pérez-Sanz, 2019), con la finalidad de prevenir conflictos, pero también de comunicar los valores e importancia de las actividades desarrolladas por la organización.

La responsabilidad social de las organizaciones en el marco del cumplimiento conforme a valores y principios expuestos públicamente por estándares internacionales permite a las empresas y grupos locales generar mayor integración social, fortaleciendo las relaciones públicas (Capriotti, 2020), siendo la cohesión social un factor fundamental para el desarrollo humano de los países.

Por esta razón, se pone de manifiesto la necesidad de que la gestión de las normativas esté orientado a comunicar los valores que justifican los reglamentos y que deben guiar el desarrollo de las actividades (Briones et al., 2020), superando la simple prevención de malas conductas mediante la compensación y la sanción.

Las sanciones no son un mecanismo plenamente efectivo para promover el cumplimiento o mejorar el cumplimiento subóptimo. La formación valórica y el compromiso (Barberan et al., 2019; Barberan et al., 2020) derivado de esta formación se transforman en un área relevante a tener en consideración para la promoción del cumplimiento. Por esta razón, se justifican las campañas comunicacionales o publicitarias orientadas a instruir y educar a usuarios-usuarias o ciudadanía en general en reglamentos y principios.

Donde hay una norma, también hay un sistema valórico y un orden de ideas. La norma es un producto de este sistema de valoración. La percepción individual es parte de ese proceso, dado que observar no consiste en permitir pasivamente que un órgano sensorial reciba estímulos. Existen esquemas culturales: la percepción selecciona estímulos del área sensible, los cuales sean de interés o valor para el ordenamiento.

En síntesis, las ideas de las normas y los riesgos destinados a los transgresores de los límites tienen la función de crear un sistema reglamentario para la experiencia y el desarrollo de la vida de los individuos, grupos y organizaciones, reduciendo a un orden estructural el comportamiento adecuado, y de esta forma operativizando su gestión, vigilancia, compensación y sanción, entre otros procesos asociados al cumplimiento normativo.

Conclusión

La tradición occidental ha generado un modelo dual para comprender los posibles comportamientos de los individuos, grupos y organizaciones, fundamentado en dos variables: la racionalidad, por un lado, lo cual se vincula con la cultura y lo domesticado y, por otro, lo instintivo, asociado con la naturaleza o lo salvaje (Fallada-García-Valle, 2020).

De esta forma, las personas se relacionarían consigo mismo de forma dual, estableciendo un comportamiento polar entre lo animal y lo racional, y también socialmente, presentándose una dualidad entre salvajismo y civilización. Finalmente, esta misma estructura dual se presenta en la forma en que nos relacionamos con el entorno ambiental, que se observa como indomado o naturaleza libre de la acción antrópica.

Las pandemias son un ejemplo que permite graficar cómo se relaciona esta dualidad en la práctica con las normativas que invitan al cumplimiento, permitiendo una comprensión de la naturaleza del incumplimiento. Durante el siglo XVIII, se establecieron medidas y reglamentos a adoptar para enfrentar fenómenos de la naturaleza denominados pestes que hoy día, debido a la realidad globalizada, se han transformado en pandemias globales. Las normativas creadas para enfrentar estos fenómenos de la naturaleza se han mantenido con vigencia incluso en la actual crisis sanitaria sucedida durante el fin de la segunda década del siglo XXI a causa de un virus respiratorio altamente contagioso, denominado Covid-19.

En el siglo XVIII europeo, cuando una ciudad se declaraba en situación de peste, se establecían normativas adecuadas para protegerse de los riesgos de este fenómeno de la naturaleza, que hoy vivimos como pandemia global. De esta manera, la normativa actuaba en forma instrumental, con el objetivo de limitar los efectos negativos de esta situación de contagio masivo de una enfermedad, al igual que funciona hoy como mecanismo de prevención de riesgos y mitigación de efectos perjudiciales en los individuos, grupos y organizaciones.

Entre las normativas establecidas, el control del riesgo era un valor orientador. Prevenir el contagio, la enfermedad y la muerte, son un principio o valor cultural propio de la modernidad, respecto a la preservación de la vida, y generó diversas prácticas y códigos para cumplir con este propósito.

Por ejemplo, se organizaba espacialmente la situación, cerrando la ciudad en situación de peste y generando una prohibición de salir. Además, la misma ciudad era organizada en diferentes partes o secciones, en las que se aislaban las personas, generando un control, e incluso registro numerario, por parte de un poder común o intendente, y diferentes vigilantes o síndicos por calle o sección.

En este contexto, los vigilantes o síndicos cerraban personalmente las puertas de las personas de cada unidad doméstica, con prohibición de salir, y contabilizando a los sanos, enfermos y fallecidos por la peste. Además, se establecen nuevos mecanismos y tecnologías de poleas, cestas y de canales de madera, para la entrega de provisiones y raciones de alimentos, generando un espacio organizado para prevenir el contagio, y quienes rompieran esa organización eran castigados.

El registro de los individuos y la vigilancia constante sobre la conducta generaba la implementación de la norma, al igual que se puede observar en la actualidad (Peruga, 2020). Los sistemas de información de registro permanente y centralizado, contabilizando y clasificando, ocupados en estas pestes para saber quiénes se aislaban, se fueron fortaleciendo y perfeccionando mediante la informática y la telecomunicación contemporánea, transformando al antiguo síndico o vigilante en un mecanismo automatizado de información y telecomunicación con capacidad de georreferenciación espacial a nivel global y observación audiovisual permanente.

En la actualidad, las pandemias y emergencias sanitarias, al igual que durante el siglo XVIII con las pestes, también se enfrentan haciendo del espacio un lugar delimitado y vigilado en todos sus puntos, en que los individuos están insertos en un espacio limitado, con movimientos controlados y acontecimientos registrados. Trabajo ininterrumpido de la escritura y registro en que los individuos son clasificados, como sanos, enfermos, muertos, generando una administración de la salud pública.

En este marco, a la peste responde un orden que tiene como función relacionarse con el lado salvaje de la naturaleza, a la vez que con el lado instintivo y desobediente de los individuos que incumplen o cumplen de manera subóptima. Esta dualidad se ve confirmada en la persecución de prácticas que desobedecen las leyes o comportamientos que no generen respeto a las normas.

Desde los lugares del poder, en que se promueve la implementación de la norma, representado en autoridades políticas, jueces y vigilantes, se establecen valores que rechazan el caos colectivo, determinando secciones estrictas para organizar los individuos, sin posibilidad de transgresión, penetrando el reglamento hasta en los detalles de la existencia, como lo son el higiene, con el objetivo de oponerse a los efectos negativos del desorden mediante esquemas disciplinarios sustentados en normativas que buscan defender valores como la supervivencia a una enfermedad y la buena salud pública.

En la actualidad, podemos recoger diferentes situaciones a lo largo de la historia, que representan riesgos y justifican la organización de la experiencia vital. La peste negra en el siglo XIV produjo 200 millones de muertos; se piensa que se originó en China y fue transmitida a Europa mediante rutas comerciales. En esta experiencia se evidenció que las pocas personas que sobrevivían a la peste lo hacían al término de cuarenta días de aislamiento aproximadamente, lo cual generó una contabilización y gestión del tiempo a nivel de reglamento que invita a ser cumplido, con el propósito de prevenir los riesgos de la enfermedad, y con sanciones o castigos a los incumplidores.

Otros casos ejemplares de amenazas y riesgos, fueron las enfermedades contagiosas como la viruela, que afectaron la Antigua Grecia y también la población indígena prehispánica al contacto con la invasión europea; además, a principios del siglo XX se sufrió la denominada gripe española, la cual generó múltiples problemas sociales y sanitarios; otra pandemia reconocida internacionalmente es producto del vih-sida, causando más de 30 millones de muertes en el mundo, la cual generó sus propias normativas y códigos de conducta en ámbitos íntimos de la vida como es la sexualidad y las relaciones de pareja.

Las diferentes amenazas y riesgos son enfrentados con la reglamentación del comportamiento, sea en medidas de higiene o de protección ante un contacto con una persona que podría estar contagiada. Sin embargo, a pesar de los riesgos en el entorno y de la vigilancia que establecen las autoridades al cumplimiento normativo, el comportamiento individual, grupal y organizacional transgrede constantemente los límites o genera cumplimientos subóptimos. Es posible explicar esta situación debido a la dualidad del instinto y la razón, en que la pulsión animal o los deseos irracionales se desplegarían en la práctica sin el temor a las consecuencias de transgredir normas, al riesgo del entorno ni a los castigos de la autoridad.

La efectividad de la norma se ve relativizada si no hay una constante supervisión y vigilancia, situación que se da fácilmente en contextos de emergencia como las pestes, pero que no es posible transformarse en prácticas universales y trascendentales. El amplio espectro espacial en el escenario global, las numerosas culturas y grupos humanos, hacen imposible la supervigilancia absoluta y total de la conducta en la actualidad.

Las autoridades y los vigilantes son una cantidad menor, en comparación con la población total, complicando el control operativo práctico más allá de focos particulares de intervención. Por esta razón, la autoridad organiza el espacio seccionándolo y delimitando temporalmente su uso. Los límites de la norma requieren de crear un sistema gestionable que abarque la experiencia de los individuos, lo cual sin la generación de estos límites no es factible, posibilitando la implementación de la norma, a la vez que vuelve imposible una norma trascendental fuera de todo límite.

El incumplimiento al margen de este espacio limitado temporal y espacialmente se transforma en un fenómeno natural de la realidad en que, tanto a nivel individual como grupal u organizacional, se reduce la plena conformidad de la realidad a la norma social, debido a que los castigos o sanciones no son un adecuado mecanismo para incentivar la obediencia a normativas, a la vez que ocupan gran parte del tiempo y energía de los sistemas públicos de control, mientras que por otro lado existe la posibilidad de un compromiso voluntario con los valores y principios que dan origen al reglamento que orienta el comportamiento, mediante la formación y capacitación de las personas, en sintonía con la dimensión expresiva de un reglamento, estrategia educativa que compensaría las debilidades en la efectividad de la norma social y el control de la autoridad.

Referencias

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[1] Dr. en Ciencias Logísticas y Supply Chain Management de la Universidad Bolivariana. Máster en Dirección y Administración de Empresas de la Universidad Jaume I de Castellón de la Plana. Profesor Asociado de la Universidad Tecnológica Metropolitana del estado de Chile. Doctor Hernán Alessandri 722, Providencia, Santiago de Chile. +56 9 9200 8292. Correo electrónico: <mletzkus@utem.cl>, <https://orcid.org/0000-0003-1984-8899>.


[2] Magíster en Dirección Estratégica de Recursos Humanos y Comportamiento Organizacional de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Antropólogo Social de la Universidad de Chile. Doctor Hernán Alessandri 722, Providencia, Santiago de Chile. Profesor Asistente Adjunto de la Universidad Tecnológica Metropolitana del estado de Chile. +56 9 9380 6389 Correo electrónico: <d.alvarez.maldonado@gmail.com>, <https://orcid.org/0000-0002-6375-0461>.

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